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Oly Nouel marzo 29, 2023 0 Comments

La Facturación Electrónica y los 5 UVT en Colombia: impacto en la gestión empresarial y fiscal

Mantenerse actualizado en temas normativos es un reto para todo empresario, desde The Factory HKA Colombia brindamos capacitaciones constantes para que te mantengas al día sin sentir que fracasas en el intento.

Un tema que ha causado mucha confusión y del que se ha estado hablando mucho en las últimas semanas es sobre la Facturación electrónica y los 5 UVT en Colombia incluyendo su impacto en la gestión empresarial y fiscal.

La Resolución DIAN 001092 establece que los documentos electrónicos generados por máquinas POS no son elegibles para las deducciones fiscales. Sin embargo, los compradores tienen derecho a solicitar una factura electrónica si su actividad económica les permite acceder a descuentos tributarios.

A partir de febrero de 2023, si estás obligado a facturar electrónicamente, podrás expedir tiquetes POS por bienes o servicios cuyo valor, sin incluir impuestos, no exceda las 5 UVT por cada documento equivalente que emitas. Esto quiere decir que será posible expedir tirillas POS siempre y cuando el valor de cada una de ellas no supere los $212.060 pesos, lo que equivale a 5 UVT.

Adicionalmente la Resolución DIAN 001092 del Julio 2022 define el calendario con los plazos máximos de implementación del límite de las 5 UVT como monto máximo para la expedición de los documentos equivalentes generados a través del sistema P.O.S.

Grupo   Fecha máxima para aplicación del límite de 5 UVT Calidad de los sujetos obligados a expedir factura de venta y/o documento equivalente
1 1 de febrero de 2023 Grandes Contribuyentes.  
2 1 de abril de 2023 Declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios o declarante de ingresos y patrimonio, que no tengan la calidad de grandes contribuyentes. 
3 1 de mayo de 2023 No declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios.
4 1 de junio de 2023 Demás sujetos que no tengan ninguna de las calidades mencionadas.

A partir de las fechas definidas en el calendario, el tiquete P.O.S. no podrá superar el monto máximo de 5 UVT sin incluir ningún impuesto, por cada operación de venta y/o prestación de servicio. Adicionalmente, en escenarios donde el monto no exceda los 5UVT

En los casos donde la operación de venta supere los 5 UVT, se debe generar una factura electrónica de acuerdo a la regulación actual en la materia.

Por último, es importante tener en cuenta que cada primero de enero a partir del año gravable 2024, el sujeto obligado a facturar debe ajustar el valor de la UVT.

Somos The Factory HKA Colombia, especialistas en Soluciones Fiscales.